Corte de reclamos menores

¿Cómo cobro mi dinero?

Una vez que se emita la sentencia, el secretario judicial la ingresará en el expediente civil del juzgado y proporcionará una copia certificada de la sentencia a la parte vencedora sin costo adicional. Un fallo a su favor que ordena el pago de una suma de dinero no necesariamente significa que ésta será pagada. El Juzgado de Demandas de Menor Cuantía no cobrará el fallo por usted. Si el deudor no paga de inmediato, el tribunal podría ordenar que se efectúe un plan de pago. Si la parte que fracasó no llegase a pagar, el fallo se incrementará en montos destinados a cubrir el costo de hacer cumplir dicho fallo.

Si no se apela y la sentencia no se paga en un plazo de 30 días, o en el tiempo establecido en un acuerdo de mediación o un plan de pago, la parte vencedora puede tratar de hacer cumplir la sentencia mediante el proceso de cobranza, que podría incluir el embargo de los salarios o las cuentas bancarias del demandado; o intentar obtener propiedad personal del deudor.

Acuérdese que no se permite que los secretarios judiciales le proporcionen asesoría legal, por esta razón usted podría necesitar la asistencia de un abogado o agencia de cobros, cuyos honorarios podrán ser pagados por el deudor.

 

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